El ejercicio de la abogacía está regulado en República Dominicana por la Ley núm. 3-19 que crea el Colegio de Abogados de la República Dominicana, en concordancia con el Estatuto Orgánico y el Código de Ética Profesional.
La referida ley en su artículo 107 establece los deberes de los abogados matriculados en el Colegio, entre ellos:
Acatar y cumplir la Constitución y las leyes de la República.
Votar para elegir las autoridades del Colegio.
Prestar su servicio profesional cuando el Colegio lo requiera, para la defensa de la institución o de sus miembros.
Abstenerse de realizar actos perjudiciales a la imagen, honor e integridad del Colegio y de sus miembros.
Asistir a las actividades y actos solemnes organizados por el Colegio.
Además de los deberes estrictamente relacionados con su membresía en el Colegio, dicho artículo también dispone una serie de deberes que tienen los abogados para con sus clientes. Estos son:
Ejercer la profesión apegado al honor y el decoro.
Ofrecer al cliente el concurso de sus conocimientos y su técnica; aplicarlas con rectitud de conciencia y esmero en la defensa que realiza.
Ser prudente en el consejo, sereno en la acción y proceder con lealtad frente a su cliente.
Prepararse académicamente de forma continua, a los fines de asistir con capacidad y eficiencia jurídica al cliente y al sistema de administración de justicia.
A esto hay que añadir que tales enunciados no son limitativos, y para aquello no previsto en este artículo se remite al Estatuto Orgánico.
En M&M Smart Law estamos comprometidos a brindar un servicio excepcional a nuestros clientes, cumpliendo en todo momento con nuestros deberes legales y en un marco de ética profesional.